Introducción al Curso de Lavado de Activos
El cumplimiento (compliance) del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (SPLAFT), por los diversos sectores que abarca (inmobiliarias, constructoras, mineras, casinos, tragamonedas, juegos y apuestas, entidades financieras y microfinancieras, cooperativas de ahorro y créditos, seguros, corredores de seguros, organizaciones sin fines de lucro, agentes inmobiliarios, agencias de aduanas, almacenes aduaneros, venta de vehículos, casa de cambios, notarios, laboratorios, comercio de joyas, entre otros), requiere de un conocimiento especializado, aplicación de buenas prácticas de gobierno corporativo y una capacitación permanente.
Por ello, el presente curso abarca la capacitación en estos temas exigidos por la Superintendencia de Bancos, Seguros y AFP (SBS) a Oficiales de Cumplimiento (Compliance Officer), trabajadores y directivos de las empresas que se encuentran obligadas a informar a la UIF-SBS sobre clientes, contratos y operaciones sospechosas de lavado de activos, acorde al marco legal vigente, a fin de evitar incurrir en infracciones, sanciones y multas.
Las empresas o sujetos obligados a informar a la UIF-SBS deben implementar obligatoriamente un sistema de prevención antilavado, contar con un Manual de Prevención de Lavado de Activos, Código de Conducta y Registro de Operaciones, así como realizar Reporte de Operaciones Sospechosas y presenta el Informe Anual del Oficial de Cumplimiento, entre otras obligaciones que serán desarrolladas en el curso de lavado de activos.
-Sujetos o empresas obligadas
-Señales de alerta para detectar operaciones inusuales y sospechosas
-Cómputo y suspensión de los plazos de los procesos de fiscalización
CAPACITACIÓN OBLIGATORIA POR UIF PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS ANTI-LAVADO DE ACTIVOS 2023 (LAFT)
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Empresas o Sujetos Obligados ante la UIF y SBS
¿Cuáles son las Empresas o Sujetos Obligados ante la UIF ?
· Agencias de Aduanas.
· Empresas mineras.
· Bancos, Financieras, Cajas Municipales y Edpymes.
· Cooperativas de Ahorro y Crédito.
· Empresas de préstamo y empeños.
· Compañías de seguros y corredores de seguros.
· Casas de cambio.
· Empresas y personas naturales dedicadas a la compra y venta de automóviles.
· Empresas de la construcción e inmobiliarias.
· Casinos, casas de juegos, bingos e hipódromos.
· Almacenes Generales de Depósito.
· Empresas de servicio de correo y courriers.
· Agencias de Viaje y Turismo, Hoteles y Restaurantes.
· ONG y personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros.
· Empresas importadoras y exportadoras autorizadas.
· Notarías Públicas.
· Las sociedades administradoras de fondos mutuos, fondos de inversión, fondos colectivos, y fondos de seguros de pensiones.
· Comercio de antigüedades, joyas, metales y piedras preciosas, monedas, objetos de arte y sellos postales.
· Laboratorios y empresas que producen y/o comercialicen insumos químicos que se utilicen para la fabricación de drogas y/o explosivos.
· Empresas dedicadas a la compraventa o importaciones de armas, fabricación y/o comercialización de materiales explosivos.
· Cámaras de comercio del país.
· Clubes de futbol profesional.